Se afilia, presentando la siguiente documentación:
Las actividades principales que la cooperativa realiza son el evento por el aniversario, celebrado el día 29 de AGOSTO y el evento navideño a fin de año, en el cual siempre participan todos aquellos socios que se encuentren al día en sus pagos.
Podemos hacer uso de la aplicación de la cooperativa descargándola vía PLAY STORE o IStore como Coopac29, luego le pedirá su USUARIO Y CONTRASEÑA, los cuales serán, su número de CIP y su número de DNI respectivamente. Al ingresar podrá ver las opciones para visualizar estado de cuenta, cronograma de pagos, actualización de dato, catálogo de productos y cambio de contraseña.
De no poder ingresar puede comunicarse directamente a los números: 991-063-820/ 970-070-119 para poder registrarlo y solucionar su ingreso a la APP.
La actualización de datos nos sirve para mantenernos conectados al socio, hacer envió de información y contactarnos de ser necesario y/o urgente.
El socio puede acceder a los convenios educativos que ofrece la cooperativa el mismo momento que se afilia a nuestra institución, siendo de manera automática. El socio podrá contactarse directamente con nuestro Comité de Educación, ya sea vía telefónica o presencial para conocer al detalle y solicitar, el convenio de su preferencia.
Comité de Educación: 986-036-325
Aperturar la cuenta de ahorro Plazo Fijo, lo beneficia en sus ingresos a corto plazo, ya que el dinero que usted decida colocar, genera ganancias por solo ahorrar.
Se apertura con su estado de cuenta, copia de DNI, y depositando el dinero en CAJA. También puede depositarlo en nuestras cuentas bancarias, enviarnos una foto del voucher y comunicarse con nosotros para verificarlo. Después de depositar el dinero por cualquiera de las formas, le brindamos un contrato que respalda la apertura del servicio y que deberá traer al momento del retiro de su dinero
El derecho al goce de los beneficios del Fondo de Previsión Social, lo adquiere el socio nuevo o reinscrito después de transcurridos seis meses de aportes ininterrumpidos (para otorgar algún beneficio se considerará la fecha de reingreso con el tarifario vigente).
Tienen vigencia hasta un año después de ocurrido el suceso para solicitarlo.
No se podrá otorgar ningún beneficio después del fallecimiento del familiar, ya que los beneficios no son retroactivos.
La Dieta a otorgarse por hospitalización del socio o familiar directo será de acuerdo a la escala que apruebe el Consejo de Administración hasta un máximo de 30 días al año por núcleo familiar.
El beneficio de Dieta por Maternidad es extensiva a la cónyuge debidamente sustentado y/o conviviente declarada judicial o notarialmente mediante Unión de Hecho (Art. 326 Código Civil Peruano). Con un periodo de convivencia no menor a los 2 años de acuerdo a Ley.
La cuota mensual al Fondo de Previsión Social es de S/ 20.00 soles que no son reembolsables por ningún motivo, no constituyen ahorro ni generan intereses a favor del socio.
Para certificar el desembolso realizado por la Cooperativa de cada beneficio otorgado.
En un periodo no mayor a las 72 horas después de recepcionado el expediente sin ninguna observación.
Se otorgará al socio y/o cónyuge hospitalizado, para lo cual el Servicio de Previsión Social dispondrá la visita a los hospitalizados para su entrega, previa verificación de la documentación que los acredita como tales. Este beneficio solo se otorgará después de las 48 horas de internamiento y una vez al año (contabilizando cada 12 meses) de ocurrida la hospitalización. Para el caso de los socios residentes en Provincia, se entregará en dinero el equivalente al valor de dicho Avituallamiento.
Los apoyos económicos por enfermedades específicas o de invalidez, tratamiento por trastornos mentales, parálisis cerebral o intervenciones quirúrgicas de alta complejidad; en cualquiera de los casos, será otorgado por única vez al socio Titular durante su permanencia en la Cooperativa.
La Carta Declaratoria de beneficiarios es el instrumento legal, intangible y con valor absoluto para la Cooperativa, que representa la voluntad del socio para designar a los beneficiarios que cobran sus aportes en caso de fallecimiento del mismo, esta voluntad es inapelable y no hay lugar a nulidad en ningún caso.
Se deberá reportar al Área de Previsión Social de manera inmediata, con la intención de brindar asesoría durante el proceso de duelo. Por otro se considerará que al beneficio de Auxilio Funerario por fallecimiento del Titular, se sumarán la devolución del total de los aportes y en los porcentajes que el socio indique a sus beneficiarios en su Carta Declaratoria. De no haber dejado Carta Declaratoria, se entregará a las personas que indique la Sucesión Intestada inscrita en los Registros Públicos, que necesariamente tendrán que presentar los deudos.
Si es necesario ser socio, Según Ley 30822, Las Cooperativas de Ahorro y Crédito no están autorizadas a captar recursos del público u operar con terceros.
- Pertenecer a la PNP (en situación de Alumno, Actividad, retiro ó sobreviviente).
- Tener entre 18 a 50 años de edad.
- Tener capacidad de descuento en planilla mínima de S/ 350.00 soles.
- Tener un buen historial crediticio (6 últimos meses) frente a otras entidades financieras y no mostrar deudas impagas mayores al 10% de la UIT frente a entidades de servicios públicos y/o privadas.
- Realizar el pago del costo de inscripción de S/ 13.50 soles.
El nuevo socio podrá solicitar un préstamo en función a la situación policial actual:
SITUACION PNP PRODUCTO DE PRESTAMO | PRODUCTO DE PRESTAMO |
• Actividad • Retiro • Sobreviviente • Promocional |
• Promocional • Comercial • Promocional 2 • Vehicular - Moto |
• Alumno de la Escuela de Educación Superior Técnico Profesional PNP • Cadete de la Escuela de Oficiales |
• Promocional Escuela • Adic. Promocional Escuela • Escuela de Oficiales • Adic. Escuela de Oficiales • Comercial • Promocional 2 |
El socio podrá obtener como máximo un préstamo de tipo Ordinario, uno de tipo Extraordinario y un préstamo paralelo, según el esquema:
Para evaluar el otorgamiento de un préstamo se analizará la capacidad de pago en base a los ingresos del solicitante, saldo de aportes, el importe de sus diversas obligaciones, el monto de las cuotas asumidas con la Cooperativa e Instituciones Financieras; así como las clasificaciones crediticias asignadas por las otras empresas del sistema financiero.
En caso presente una las siguientes observaciones:
- Tener pendiente saldos por pagar de Aporte y/o previsión Social.
- Presentar atraso de pago en préstamos vigentes
- Estar avalando a préstamos vencidos mayores a 8 días
- No cumplir con el mínimo de cuotas amortizadas para la renovación del préstamo.
- Estar reportado con atraso de pago frente a otras entidades del sistema financiero. (Se exceptúa esta condición para préstamos cubiertos)
- Tener una capacidad de descuento en planilla menor a la requerida.
- No presentar las garantías requeridas.
La fórmula es:
La forma de acreditar otros ingresos será mediante los siguientes documentos:
Ingresos por Alquileres:
Contrato de alquiler notariado, 3 últimos pagos de impuesto.
Ingresos por Negocio:
- Régimen Único Simplificado: Pago de los 3 últimos pagos de impuesto de RUS
- Régimen Especial: 6 últimas declaraciones de PDT
Ingresos por trabajo independiente: Formulario de pago de impuesto a la renta de los 3 últimos meses, copia de la última declaración jurada.
Ingresos por trabajo dependiente: 3 últimas boletas de pago.
El socio podrá avalar hasta un máximo de 2 préstamos.
El socio que voluntariamente desea garantizar una operación de crédito, deberá cumplir las siguientes condiciones:
El socio puede ampliar su línea de crédito a través de la renovación de préstamo, para lo cual requiere una nueva evaluación en función a:
El socio puede realizar la renovación de préstamo a partir de la fecha en la cual tenga un mínimo de amortizaciones al plan de pago, según el cuadro de mínimo de cuotas a se detalla a continuación y cumpla con la condiciones para obtención del préstamo.
En caso el préstamo ha sido refinanciado no podrá aplicarse una renovación. Por ello el socio deberá realizar la cancelación total del préstamo refinanciado antes de requerir un nuevo financiamiento.
El socio puede solicitar sin límite de edad los préstamos Ordinarios de: Cubierto, Normal Excepcional; y préstamos paralelos: Crédito Vale de Escolaridad, Crédito Vale Navideño. Para los demás productos de préstamo, el límite de edad es de 73 años.
El socio podrá reducir el cobro de intereses realizando Pagos Extraordinarios (más de dos cuotas) o cancelación total del préstamo. En estos casos se cobraran los intereses transcurridos hasta el día del pago.
De realizar el pago adelanto de 1 o 2 cuotas, el cobro será el importe que indique el plan de pago.
La mora será cobrada a partir del día siguiente del vencimiento de la cuota, a una tasa del 10% anual sobre el saldo capital vencido.
El socio puede realizar la reprogramación de su préstamo con la finalidad de modificar el plazo de pago ó variar el importe de cuota, siempre y cuando cumpla 2 condiciones:
El plazo máximo estará sujeto dentro del número de cuotas máximas que exprese la Ficha Técnica del producto, mientras que el mínimo será de acuerdo a la capacidad de descuento en planilla.
El periodo de gracia permite aplazar el vencimiento de la próxima fecha de pago para evitar el atraso y cobro de moras. El periodo de gracia se brinda en las siguientes situaciones:
El socio podrá solicitar el Producto de Bienestar por Pase a retiro, el cual le permitirá disponer hasta el equivalente del 90% de sus aportaciones, siempre y cuando se cumplan con las condiciones establecidas en la ficha técnica del producto.
Si el socio pasa a la situación de pase a retiro, deberá presentar:
Según la Resolución SBS N° 11356-2008 son: a) Categoría Normal: Implica que el deudor cumple puntualmente con el pago del crédito o tiene un atraso máximo de 8 días calendario. b) Categoría con problemas potenciales: implica que el deudor tiene un atraso de entre 9 a 30 días calendario en el pago del crédito. c) Categoría Deficiente: implica atrasos en el pago del crédito entre 31 a 60 días calendario. d) Categoría Dudoso: representa atrasos de entre 61 a 120 días calendario en el pago de crédito. e) Categoría Perdida: implica atrasos en el pago del crédito de más de 120 días calendario.
El trámite demora 1 solo día y el desembolso se realiza a través de una transferencia interbancaria a la cuenta del socio titular.
El socio dispondrá del desembolso en su cuenta de ahorros dentro de los horarios establecidos por la entidad bancaria.
La cooperativa solo podrá transferir a la cuenta del socio titular del préstamo y/o a la cuenta de un proveedor autorizado por la Cooperativa, el cual brinde productos o servicios al socio.
• Si percibe su remuneración a través de la Dirección de Economía y Finanzas: El pago a realizar por banco o ventanilla deberá realizarlo hasta el último día hábil del mes anterior.
• Si percibe su remuneración a través de la Caja de Pensiones Militar Policial: El pago a realizar por banco o ventanilla deberá realizarlo hasta el día 15 del mes anterior.
Si, debido a que el préstamo avalado constituye una deuda indirecta, es decir que sin haber sido beneficiarios del préstamo, son responsables del cumplimiento de la obligación. Asimismo, el aval solidario se compromete con la Cooperativa a pagar por el deudor principal si en caso él no lo hiciera.
El seguro de desgravamen es un seguro que tiene como objeto pagar la deuda que mantiene con la Cooperativa al momento del fallecimiento, de esta manera los herederos se verán librados de la obligación de pago.
La reprogramación con periodo de gracia permite al socio no pagar las cuotas de su préstamo por un periodo determinado, durante el cual se capitalizarán los intereses.
Sí. El importe de cuota se incrementará debido a los intereses que se han generados durante el periodo de gracia, en la cual el socio no ha realizado los pagos.
El socio puede solicitar la reprogramación de las cuotas restantes de su plan de pago con un periodo de gracia de hasta 6 meses.
La Cooperativa puede brindarle la información de la cuota futura a pagar a través de nuestros canales de atención del área de Créditos: 954700879 – 954701393 – 962787155 - 958964204.
Para acceder a la reprogramación debe completar la solicitud de reprogramación y las autorizaciones de descuento de la planilla de pago y/o de Pensión, los cuales puede descargar del aplicativo web Estado de Cuenta on-line.
• El socio debe encontrarse con calificación Normal en la Cooperativa
• El socio debe estar al día ó con un retraso no mayor de 15 días en sus pagos.
• Completar la solicitud de reprogramación, adjuntarla con la imagen de su DNI ambas caras y enviarla por correo electrónico folaechea@29agosto.com
Estimado socio tenga presente que:
- Para socios en Actividad, Retiro o Sobreviviente que perciban su remuneración y/o pensión por la DIRREHUM-PNP, según Resolución Directoral N° 005982-2019-DIRREHUM-PNP se establece que reciban por lo menos el 50% de su remuneración o pensión.
- Para socios en situación de Retiro o Sobrevivientes que perciban su pensión por la Caja de Pensiones Militar Policial, según Decreto Ley N° 19846 y Decreto Supremo N° 009-DE-CCFFA se establece que la variación de la remuneración de éstos podrá darse por “acto administrativo” hasta el 30% para amortizar préstamos autorizados con garantía de la pensión.
Esto genera que el cálculo de los descuentos se realice en base al 50% o 30% de su remuneración o pensión según sea el caso. Tomando en cuenta que tiene descuentos por planilla de otras entidades financieras y/o descuentos judiciales ocasionan la reducción de su liquidez; y por ende, que no se ejecute el descuento en su planilla conforme a las cuotas pactadas de sus préstamos.
Sí el préstamo que mantiene con la Cooperativa tiene saldos vencidos (cuotas atrasadas) y en caso de no haber regularizado los pagos, se realizarán descuentos adicionales a la siguiente cuota pactada para regularizar el atraso de su préstamo.
Puede realizar la regularización del pago en la misma Cooperativa a través del área de Caja; o realizar depósitos a las cuentas corrientes de la Cooperativa en los bancos del BBVA (Cta. N° 0011-0167-0100000856) y BCP (Cta. N° 191-0193618-0-35). Asimismo, no dude en consultar previamente a las áreas de Créditos o Recuperaciones sobre el detalle y las comisiones a considerar, además de enviarnos el comprobante de pago (voucher) por medio del correo o whatsapp de las mismas áreas para procesarlo y regularizar su deuda.
Podría realizarlo; sin embargo, tenga presente que las transferencias interbancarias demora en registrarse entre 24 a 72 horas y el saldo de su deuda varia por cada día, existiendo que el depósito realizado no llegue amortizar o cancelar en su totalidad su deuda. Es recomendable que realice los depósitos en las mismas agencias de los bancos BBVA o BCP para que el registro sea de manera inmediata y se evite mayores costos.
Si pasa a la situación de Retiro, usted sigue siendo socio de la Cooperativa; sin embargo, sus descuentos no se procesarán debido al cambio de convenio sobre la entidad de pago; y por ende, comenzará a atrasarse en sus deudas u obligaciones. Tenga presente que sus deudas u obligaciones que mantenga no se pagan con sus aportaciones conforme a las políticas que mantiene la Cooperativa.
Si estará reportado, dado que la Cooperativa forma parte de las entidades del Sistema Financiero; además, es supervisada actualmente por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y está ceñida a la normativa vigente conforme a la Resolución SBS N° 480-2019 del Reglamento General de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público; asimismo, la calificación asignada por sus préstamos está sujeta a las disposiciones establecidas en el Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de las Provisiones aprobado por la Resolución SBS N° 11356 – 2008.
Conforme lo establecido en la normativa vigente de la SBS, no es posible dejar de reportar los préstamos en las Centrales de Riesgos si aún registra evidencia de su vigencia; por lo que, la única manera de retirarlo es con la cancelación del mismo préstamo.
La Cooperativa actualiza la información del reporte sobre la calificación de los préstamos de manera mensual a las Centrales de Riesgos de EQUIFAX – INFOCORP y SENTINEL conforme al comportamiento de pago que usted mantenga; de esta manera, se irá formando su “Historial Crediticio” en el Sistema Financiero.
Estar reportado en la Central de Riesgo no es malo, por el contario deberá de tener presente la calificación asignada en tal reporte. Mantener una buena calificación le permitirá tener mayores oportunidades para adquirir préstamos ante una entidad financiera permitiendo de esta manera cumplir con sus proyectos o saciar algunas de sus necesidades.
Es un procedimiento, previsto por la normativa de la SBS, que se realiza de forma mensual, por el cual las empresas del Sistema Financiero (siendo una de ellas la Cooperativa) se encuentran obligadas a modificar las calificaciones de riesgos asignadas, reclasificando al deudor según la calificación de mayor riesgo que figure en el último reporte publicado, aun cuando el deudor no incumpla el pago de sus obligaciones.
Es una alternativa de solución, mediante el cual se produce variaciones de plazo y/o monto respecto del contrato original de una operación de crédito activa. Se otorga en casos de dificultades en la capacidad de pago del socio generándose un nuevo cronograma de pago.
En relación a la clasificación, los deudores deben de mantenerse en sus calificaciones originales, a excepción de los deudores clasificados con calificación “Normal” los cuales pasan a la calificación “Con Problemas Potenciales”. El mejoramiento de la calificación crediticia asignada puede efectuarse cada dos trimestres, previa evaluación sobre el cumplimiento de pagos. Si, contrariamente el deudor presenta atrasos o incumplimiento en el pago de las cuotas pactadas se reclasifica inmediatamente a una calificación de mayor riesgo.
Todos los refinanciamientos se encuentran sujetos a una evaluación de acuerdo al sustento presentado por el socio y las pautas vigentes para dicha operación.
Los principales requisitos son:
Es un documento emitido por medio de la Entidad competente en la que certifica que una persona no registra deudas pendientes de pago; ésta se emite sobre la base de la información registrada a la fecha de la emisión del documento. La Cooperativa sí otorga este tipo de documento la cual es firmada por la Gerencia General y entregada al socio a través del área de Recuperaciones por medio de los diferentes canales con los que cuenta (trámite personal, correo electrónico o whatsapp) y en los plazos establecidos por la misma.
El área de Recuperaciones podrá facilitarle de manera inmediata su Estado de Cuenta y el Cronograma de pagos de sus préstamos, el cual estará visado por el Jefe de Área. Por otro lado, si usted requiere un documento a parte de los mencionados, previa verificación de su situación también se podrá emitir una “Constancia de Pagos al día” para los fines que estime conveniente; o en su defecto, una Constancia de pagos en la que se indique la situación de su préstamo y calificación de riesgo correspondiente los cuales serán entregados en los plazos establecidos por la Cooperativa.
Es aquel socio que bajo voluntad propia garantiza el fiel cumplimiento del contrato de préstamo; es decir, afianza las obligaciones contraídas, por ello mancomuna la obligación de cumplir con los términos, cláusulas y condiciones convenidas junto al deudor principal (Titular), y responderá por cualquier tipo de incumplimiento frente a la Cooperativa.
En concordancia al Art. 7° inciso “a”, del Reglamento General de Recuperaciones, la Cooperativa está en libertad de aplicar el cobro a cualquiera de los deudores principales o avales solidarios. Además, la Cooperativa puede ejecutar la garantía solidaria transfiriendo al Garante la deuda del garantizado, cuando éste se encuentre atrasado hasta en 04 cuotas, para lo cual bastará comunicarle tal decisión con una carta simple y se deberá aplicar los gastos operativos y logísticos correspondientes conforme a lo establecido en el Art. 20° del mismo reglamento.
Efectivamente, conforme a lo establecido en el Art. 23° del Reglamento General de Recuperaciones; estos gastos correrán por cuenta del deudor y/o avales solidarios. Asimismo, se recuerda que según el Art. 13°, inciso g) del Estatuto de la Cooperativa, es obligación del socio comunicar por escrito su domicilio real ante la Cooperativa, donde se le hará llegar todo tipo de notificaciones, en tanto mantenga relación con ella, debiendo de comunicar cualquier modificación del mismo. De no efectuarse esta, las notificaciones le serán remitidas al lugar que mantuviera declarado para esta finalidad, dándose como válidas para todos sus efectos.
De suceder eso, comuníquese con el área de Recuperaciones para poder realizar las coordinaciones con el área de Previsión social y se tramite la activación del Seguro de Desgravamen previa evaluación del caso a cargo de la Aseguradora. En caso de no ser cubierto, los beneficios que correspondan al Titular, serán aplicados a la amortización y/o cancelación de las deudas conforme a lo establecido en el Art. 21° del Reglamento de Recuperaciones.
Puede presentarla dado que la renuncia es derecho voluntario; sin embargo, no será aprobada dado que aún mantiene una deuda indirecta. Para que proceda su renuncia, su garantizado debe de cancelar la deuda o presentar otro garante, conforme a lo establecido en el Art. 77° del Reglamento General de Créditos y Art. 14° inciso) d, del Estatuto de la Cooperativa “29 de Agosto” de la PNP Ltda.